Derechos de Autor


El 26 de abril se celebra el Dia Mundial de la Propiedad Intelectual

"toda obra por existir (que se encuentre en un soporte material) goza de la protección de la ley y no es requisito indispensable que se registre ante autoridad para que se pueda proteger"...
Con esto concluye una lectura que encontré en la red,  de lo que cabe destacar que apesar de que las obras intelectuales están protegidas por la ley; en el caso de la violación de los derechos de autor (piratería) es necesaria una denuncia (por la parte afectada) para que sea penalizada.

Y si bien esto es cierto, también es cierto que en nuestro país hace falta una cultura de respeto por el derecho de autor y divulgación sobre lo que constituyen violaciones a este derecho, considerando las facilidades y velocidad de propagación de contenidos que nos ofrecen las nuevas tecnologías y la red.

En nuestro país el órgano encargado de regular esto es el Instituto Nacional de los Derechos de Autor el cual cuenta con una publicación electrónica, periódica, gratuita; también existen órganos encargados de la difusión de este tema como la OMPI que imparte cursos sobre la propiedad intelectual y organiza diferentes actividades destinadas a la divulgación de la misma.
En el 2003 la ley federal sobre los derechos de autor fue reformada:  la protección de los derechos de autor fue extendida hasta cien años después de la muerte del autor,  30 años más del periodo considerado en Estados Unidos, Alemania o España. También fue incluido “el derecho de seguimiento” que implica que el creador de una obra pictórica, escultórica, fotográfica y de artes plásticas puede reivindicar su participación en los ingresos por concepto de la reventa de la obra.
para terminar les dejo la definición de derechos de autor :

"la facultad exclusiva que tiene el creador intelectual para explotar temporalmente, por sí o por terceros, las obras de su autoría (facultades de orden patrimonial), y en la de ser reconocido siempre como autor de tales obras (facultades de orden moral), con todas las prerrogativas inherentes a dicho reconocimiento".

Nota: Las fuentes de las que tomé la información estan contenidas en el hipertexto

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